Sí, te pueden despedir estando de baja médica: estar en situación de incapacidad temporal no blinda el contrato. Lo importante es otra cosa: cómo se califica ese despido. Según el motivo real, un despido estando de baja puede ser procedente, improcedente o, en muchos casos, nulo, con derecho a la readmisión y a los salarios de tramitación.
En esta guía explico cuándo te pueden despedir estando de baja, cuándo el despido es improcedente y cuándo es nulo, qué cambió con la ley que prohíbe la discriminación por enfermedad, qué indemnización te corresponde y qué hacer si te despiden durante la baja médica. La escribo desde la experiencia de más de veinte años defendiendo a trabajadores en Asturias.
¿Te pueden despedir estando de baja médica?
La empresa puede despedir a un trabajador en situación de baja médica o incapacidad temporal. La ley no prohíbe el despido por el simple hecho de estar de baja. Ahora bien, ese despido tiene que tener una causa válida y, sobre todo, no puede esconder una discriminación por la enfermedad.
Por eso la pregunta correcta no es si pueden despedirte —pueden—, sino qué calificación tendrá el despido. Y de esa calificación depende todo: que cobres una indemnización, que te readmitan o que el despido no produzca efectos.
¿Cuándo es nulo el despido estando de baja?
El despido estando de baja es nulo cuando supone una vulneración de derechos fundamentales o esconde una discriminación. El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores regula la nulidad del despido, y la Ley 15/2022 de igualdad de trato incluyó expresamente la enfermedad y la condición de salud como causas de discriminación prohibidas. Esto significa que, si la empresa te despide por estar enfermo o de baja, sin otra causa real, el despido puede declararse nulo por vulneración de derechos fundamentales.
Despido Improcedente en Asturias: Causas, Indemnización y Cómo ReclamarLa consecuencia del despido nulo es la readmisión obligatoria en el mismo puesto de trabajo, con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia. También procede la nulidad cuando la baja está ligada a una situación asimilable a discapacidad o cuando el despido es una represalia por reclamar tus derechos.
¿Cuándo es improcedente el despido estando de baja?
Si la empresa no acredita una causa válida pero tampoco se prueba la discriminación, el despido estando de baja se declara improcedente. La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado (45 días para la antigüedad anterior a febrero de 2012), o la readmisión, a elección de la empresa. Lo desarrollo en el artículo sobre el despido improcedente.
En la práctica, muchos despidos durante la baja se comunican como Despido disciplinario o como despido por causas objetivas para intentar evitar la nulidad. Ahí es donde se juega el caso: hay que demostrar que la causa alegada es falsa y que el verdadero motivo es la baja médica.
¿Pueden despedirme estando de baja por depresión o ansiedad?
Sí, pero con el mismo matiz. Si el despido se debe a la baja por un problema de salud mental, como una incapacidad temporal por depresión o ansiedad, y la empresa no acredita otra causa, hay base para pedir la nulidad por discriminación. La enfermedad mental está protegida igual que cualquier otra enfermedad.
¿Pueden despedirme por causas objetivas estando de baja?
Sí. La empresa puede alegar un Despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción aunque estés de baja, y también un Despido disciplinario si te imputa una conducta. El problema para la empresa es que, si la causa del despido del trabajador no se sostiene y coincide con la baja médica, se refuerza la sospecha de que el verdadero motivo es la enfermedad.
Despido Nulo en Asturias: Causas, Consecuencias y Cómo ReclamarloPor eso conviene comparar la causa que figura en la notificación del despido con tu situación real. Una causa objetiva genérica, sin datos que la respalden, comunicada justo cuando estás de baja, es terreno abonado para pedir la nulidad o la improcedencia.
Baja por enfermedad común o por accidente laboral: ¿cambia algo?
El origen de la baja no cambia la posibilidad de despido, pero sí pesa en el análisis. Tanto si la baja es por enfermedad común como si deriva de un accidente laboral, la empresa puede despedir, y el despido se calificará igual: procedente, improcedente o nulo. Lo relevante es siempre lo mismo: si existe causa real distinta de la enfermedad y si la empresa la prueba. En las bajas largas vinculadas a una situación asimilable a discapacidad, la protección frente al despido es mayor.
¿Qué indemnización me corresponde si me despiden de baja?
Depende de la calificación del despido.
- Despido nulo: no hay indemnización por despido. Hay readmisión obligatoria y pago de los salarios de tramitación.
- Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado (45 días para los tramos anteriores a 2012), con los topes legales, o readmisión a elección de la empresa.
- Despido procedente: si la empresa prueba una causa real ajena a la baja, no hay indemnización adicional más allá de la que corresponda al tipo de despido.
Además, en todos los casos sigues cobrando la prestación de incapacidad temporal mientras dure la baja, con independencia del despido.
¿En qué casos no pueden despedirte?
No existe una prohibición absoluta de despido, pero sí situaciones especialmente protegidas en las que el despido será nulo salvo causa real acreditada: embarazo y maternidad, reducción de jornada por guarda legal, víctimas de violencia de género y trabajadores que han reclamado frente a la empresa. La baja médica entra en esa protección reforzada cuando el despido se vincula a la enfermedad.
¿Qué hacer si te despiden estando de baja?
El plazo corre desde el día del despido, también si estás de baja. Conviene actuar rápido.
- Conserva la carta de despido y anota la fecha de efectos. Compara la causa alegada con tu situación real.
- Guarda la documentación médica: partes de baja, informes, comunicaciones con la empresa sobre tu estado de salud. Sirven para acreditar que la empresa conocía la baja.
- No firmes el finiquito como conforme sin revisarlo; añade «no conforme».
- Impugna en 20 días hábiles con papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social pidiendo la nulidad y, de forma subsidiaria, la improcedencia.
Plazos para reclamar y cómo se desarrolla el proceso
El plazo para impugnar el despido del trabajador es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos, también si estás de baja. Es un plazo de caducidad, así que la baja no lo suspende. El recorrido es el habitual: papeleta de conciliación, y si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social.
En la demanda se suele pedir, en primer lugar, la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales y, de forma subsidiaria, la improcedencia. La carga de probar la causa del despido recae sobre la empresa; al trabajador le basta aportar indicios de que el despido se vincula a la baja médica para que sea la empresa quien tenga que justificar lo contrario.
Despido nulo, improcedente o procedente: un ejemplo
Imagina a un trabajador de baja por una intervención que recibe una carta de Despido disciplinario por «bajo rendimiento», sin hechos concretos ni fechas. Como la causa no se sostiene y coincide con la baja médica, el juez puede declarar el despido nulo (si aprecia discriminación por la enfermedad) o, al menos, improcedente (si la causa simplemente no se prueba). Solo sería procedente si la empresa acreditara una conducta grave real y ajena a la baja. Este es, en esencia, el terreno de juego de casi todos los despidos estando de baja.
¿Te han despedido estando de baja?
El plazo para reclamar es de 20 días hábiles. Reviso tu carta de despido y tu situación médica y te digo si hay base para pedir la nulidad o la improcedencia.
Cuéntame tu caso — Avilés, Gijón, Oviedo, Mieres, Siero y La Felguera.
Preguntas frecuentes sobre el despido estando de baja
¿Cuándo te pueden despedir estando de baja?
La empresa puede despedir durante la baja si acredita una causa real ajena a la enfermedad (disciplinaria u objetiva). Si no la acredita, el despido será improcedente o nulo.
¿Qué indemnización me corresponde por despido estando de baja?
Si es improcedente, 33 días de salario por año trabajado o la readmisión. Si es nulo, readmisión obligatoria con salarios de tramitación, sin indemnización por despido.
¿Pueden despedirme por estar de baja por depresión?
Si el despido se debe a la baja por depresión o ansiedad y no hay otra causa real, hay base para pedir la nulidad por discriminación por razón de salud.
¿Qué pasa con mi baja si me despiden?
Sigues cobrando la prestación de incapacidad temporal mientras dure la baja, con independencia del despido. El despido no extingue el subsidio.
¿Me pueden despedir el día que vuelvo de la baja?
Pueden, pero si la cercanía con el alta y la ausencia de causa apuntan a la enfermedad como motivo, el despido puede declararse nulo o improcedente.
¿La empresa tiene que saber que estoy de baja para que el despido sea nulo?
Es un elemento clave. Si la empresa conocía la baja y no hay otra causa, se refuerza la conexión entre el despido y la enfermedad, base de la nulidad.

