Calculadora actualizada · 2026

Simulador de pensión por incapacidad permanente

Calcula en un minuto tu grado (parcial, total, absoluta o gran invalidez) y la cuantía aproximada de tu pensión a partir de tu base reguladora.

Estimación orientativa · La revisa un abogado laboralista en Asturias

Calculadora de Incapacidad Permanente

Estima tu grado de invalidez probable y la cuantía de tu pensión según la nueva normativa de bases y mínimos.

Si no la conoces exacta, usa tu salario bruto mensual promedio.
Estimación del Caso
Grado Probable: -
Porcentaje Base: -
¿Aplica Mínimos/Máx?: No
Pensión Mensual Estimada 0,00 € 14 Pagas anuales
¿Tu caso es complejo o te la han denegado? Solicitar Análisis con Abogado
* AVISO LEGAL: Estimación orientativa basada en normativa 2026 y datos aportados. No vinculante. El cálculo real de la Seguridad Social incluye lagunas de cotización y coeficientes complejos. Consulta con un profesional.

Cómo se calcula la pensión por incapacidad permanente

La cuantía depende de dos factores: tu base reguladora (una media de tus bases de cotización, que se calcula de forma distinta según la incapacidad derive de enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional) y el grado que reconozca el INSS. Sobre la base reguladora se aplica un porcentaje fijo para cada grado.

Grados de incapacidad permanente y cuantía

Incapacidad permanente parcial

No da derecho a pensión mensual, sino a una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora. Permite seguir trabajando en la misma profesión.

Incapacidad permanente total

Pensión vitalicia del 55% de la base reguladora. A partir de los 55 años, y cuando es difícil encontrar otro empleo, puede elevarse al 75% (total cualificada). Inhabilita para tu profesión habitual, pero puedes trabajar en otra distinta.

Incapacidad permanente absoluta

Pensión del 100% de la base reguladora. Inhabilita para cualquier profesión u oficio.

Gran invalidez

Pensión del 100% de la base reguladora más un complemento destinado a retribuir a la persona que atiende al trabajador cuando este necesita ayuda para los actos esenciales de la vida diaria.

¿Tributa la pensión en el IRPF?

Las pensiones por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez están exentas de IRPF. La pensión de incapacidad permanente total sí tributa como rendimiento del trabajo.

Amplía la información según tu grado

Preguntas frecuentes sobre la incapacidad permanente

¿Cuánto se cobra por una incapacidad permanente total?

La pensión es del 55% de la base reguladora, que puede subir al 75% a partir de los 55 años (incapacidad total cualificada). La cantidad final depende de tus bases de cotización.

¿Qué diferencia hay entre incapacidad total, absoluta y gran invalidez?

La total inhabilita para tu profesión habitual (55%-75%); la absoluta, para cualquier trabajo (100%); la gran invalidez añade un complemento cuando necesitas ayuda de otra persona para las actividades básicas.

¿Cómo se calcula la base reguladora?

Es una media de tus bases de cotización. El periodo y la fórmula cambian según la incapacidad derive de enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional. El simulador la estima a partir de los datos que introduces.

¿La pensión por incapacidad permanente tributa?

La absoluta y la gran invalidez están exentas de IRPF. La total tributa como rendimiento del trabajo.

¿Pueden revisar mi incapacidad permanente?

Sí. El INSS puede revisar el grado por agravación, mejoría o error de diagnóstico, lo que puede aumentar, reducir o retirar la pensión.

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