El informe de síntesis es el documento médico-pericial que el INSS elabora con el resumen de tu historial clínico, las pruebas realizadas y la valoración funcional, y es la base sobre la que el Tribunal Médico decide tu Incapacidad Permanente. Acceder a él antes del EVI es clave para preparar bien la valoración y, en caso de denegación, para fundamentar la reclamación. En este artículo explico qué contiene, cómo pedirlo y cómo usarlo.
¿Qué es el informe de síntesis?
Es un documento elaborado por los facultativos médicos del INSS en el que se resume:
La historia clínica aportada por el trabajador (informes, pruebas diagnósticas).
Los antecedentes personales y familiares relevantes.
Las patologías diagnosticadas.
La exploración realizada por el médico evaluador.
La valoración de las limitaciones funcionales.
La propuesta del facultativo sobre el grado de incapacidad.
Este informe es la base sobre la que el Equipo de Valoración de Incapacidades emite su dictamen-propuesta y el Director Provincial dicta resolución.
¿Por qué es tan importante?
El informe de síntesis suele reflejar los puntos débiles o fuertes de tu expediente:
Si minusvalora alguna patología, esa infravaloración se traslada al dictamen.
Si la exploración descrita es limitada, se puede aportar prueba contradictoria.
Si la valoración funcional no encaja con la clínica real, es un argumento claro para la reclamación.
Si contiene errores de hecho (fechas, diagnósticos, patologías ignoradas), pueden subsanarse.
En juicio, la pericial contradictoria se construye comparando el informe de síntesis con la historia clínica real y los informes de especialistas.
Cómo solicitar el informe de síntesis
Opción 1: Sede Electrónica de la Seguridad Social
En la sede electrónica («Tu Seguridad Social»), con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, se puede acceder a:
Consulta de expedientes.
Historia clínica INSS.
Informe médico de síntesis (en algunos perfiles).
Opción 2: Solicitud presencial
En la Dirección Provincial del INSS (en Asturias, Oviedo), con cita previa. Se presenta una solicitud de copia del expediente médico por el interesado o su representante.
Opción 3: Solicitud por escrito
Se presenta un escrito dirigido al INSS solicitando el acceso al expediente administrativo y a la historia clínica.
Opción 4: A través del abogado en el procedimiento judicial
Una vez presentada la demanda, el abogado puede solicitar la aportación del expediente completo del INSS al juzgado.
¿Qué documentos forman el expediente de incapacidad?
Solicitud inicial (cumplimentada por el trabajador o iniciada de oficio).
Informes médicos aportados.
Informe de síntesis del INSS.
Dictamen-propuesta del EVI.
Resolución del Director Provincial.
Historial clínico del SESPA u otras fuentes.
Informes de mutuas si procede.
Partes de baja, alta y confirmación de IT.
Cómo interpretar el informe de síntesis
Apartado de diagnósticos
Debe contener todas tus patologías relevantes. Si falta alguna, es un motivo sólido de reclamación.
Apartado de exploración
Describe lo observado por el médico evaluador. Muchas veces es breve y genérica («consciente, orientado, colaborador»). Si contrasta con la realidad, se puede contradecir con pruebas objetivas.
Apartado de valoración funcional
El punto clave: las limitaciones que el INSS atribuye a la persona. Si están infravaloradas, la pericial privada debe cuantificar las limitaciones reales y relacionarlas con la profesión habitual.
Apartado de conclusiones
Propuesta del facultativo: «apto», «apto con limitaciones», «IP parcial», «IP total», «IP absoluta», «gran invalidez» o «sin secuelas valorables».
Qué hacer si el informe es desfavorable
Solicitar informe ampliado o segunda valoración si cabe.
Recopilar informes clínicos actualizados.
Preparar pericial médica privada contradictoria.
Presentar reclamación previa con nueva documentación.
Si se desestima, demanda ante el Juzgado de lo Social.
Preguntas frecuentes
¿Se puede ver el informe antes del Tribunal Médico?
En la fase previa al EVI, el informe ya está formándose. Conviene aportar toda la documentación clínica antes de la citación para que esté reflejada.
¿Puede el informe contener datos erróneos?
Sí. Son frecuentes errores de transcripción, omisiones de diagnósticos o valoraciones excesivamente generales. Se pueden corregir presentando alegaciones.
¿Puedo aportar nuevos informes tras el EVI?
Durante la fase administrativa, sí, antes de la resolución. Tras la resolución, se deben aportar en la reclamación previa.
¿Cuánto tarda el INSS en entregar el informe?
Por la sede electrónica suele ser inmediato. De forma presencial, en 7-15 días hábiles desde la solicitud.
¿Es obligatorio que el INSS me lo entregue?
Sí. El derecho de acceso al expediente administrativo está reconocido por la Ley 39/2015. Si el INSS se niega, se puede reclamar ante el responsable del tratamiento o ante la Agencia Española de Protección de Datos.
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