Reclamación Previa a la Seguridad Social: Modelo, Plazos y Pasos

May 18, 2026 | Incapacidad Permanente

La reclamación previa es el trámite obligatorio que hay que presentar ante el INSS antes de poder demandar a la Seguridad Social en los Juzgados de lo Social. Sin ella, la demanda se archiva sin entrar al fondo. En este artículo explico cuándo se exige, cómo se presenta, los plazos y qué ocurre mientras la tramita el INSS.

¿Qué es la reclamación previa?

La reclamación previa es un escrito administrativo dirigido a la entidad gestora (INSS, Tesorería General de la Seguridad Social o SEPE) mediante el cual el ciudadano expresa su disconformidad con una resolución y solicita su revisión antes de acudir a la vía judicial.

Está regulada en los artículos 71 y 72 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS).

¿Cuándo es obligatoria la reclamación previa?

Es obligatoria antes de demandar en materias como:

  • Incapacidad Permanente (denegación, grado insuficiente o revisión).
  • Jubilación (denegación, cálculo de la pensión, complementos).
  • Viudedad, orfandad y prestaciones por muerte y supervivencia.
  • incapacidad temporal (denegación, extinción anticipada, alta médica del INSS).
  • Prestaciones por cuidado de menores con enfermedad grave.
  • Complemento por brecha de género.
  • Reintegros de gastos médicos.

No se exige en materias laborales ordinarias (despidos, reclamaciones de cantidad frente a la empresa) ni en procesos de Seguridad Social en los que la ley lo excluye expresamente.

Lesiones Permanentes No Invalidantes (LPNI): Baremo, Indemnización y Ejemplos

Plazos de la reclamación previa

Plazo para presentarla

30 días naturales desde la notificación de la resolución que se impugna. Se cuentan todos los días, incluidos sábados, domingos y festivos.

Plazo que tiene el INSS para resolver

El INSS dispone de 45 días naturales desde la presentación para resolver expresamente. Si no responde, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Plazo para demandar tras la reclamación

Si la reclamación se desestima (expresa o por silencio), dispones de 30 días hábiles para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.

Contenido de la reclamación previa

Todo escrito de reclamación previa debe incluir:

  1. Identificación completa: nombre, DNI, domicilio, teléfono, correo electrónico y número de afiliación.
  2. Órgano al que se dirige (Dirección Provincial del INSS correspondiente).
  3. Resolución que se impugna (fecha, número de expediente, objeto).
  4. Hechos: exposición cronológica y clara de lo ocurrido.
  5. Fundamentos jurídicos: normas y jurisprudencia que apoyan tu posición.
  6. Petición concreta: qué pides al INSS que rectifique.
  7. Documentación que se acompaña.
  8. Lugar, fecha y firma.

Modelo de reclamación previa

A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSS DE ASTURIAS

Incapacidad Permanente en Asturias: requisitos, grados, revisión, compatibilidades, cálculo y cómo reclamar

D./Dña. [Nombre y apellidos], con DNI [..], domicilio en [..], y número de afiliación a la Seguridad Social [..], en relación con el expediente [..], por el presente formulo RECLAMACIÓN PREVIA contra la resolución de fecha [..], notificada el [..], por la que se [deniega/reconoce en grado insuficiente] la prestación de [..], con base en los siguientes:

HECHOS

Primero.- [Descripción de la patología, historial de baja y resolución recibida].

Segundo.- [Motivación por la que se considera incorrecta la resolución].

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Compatibilidades e incompatibilidades de la Incapacidad Permanente en Asturias: Guía práctica

I.- Normativa aplicable: artículos 193 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

II.- Criterios jurisprudenciales [..].

SOLICITO se tenga por presentada esta reclamación previa, se revise la resolución impugnada y se acuerde [petición concreta].

[Lugar, fecha y firma]

Cómo presentar la reclamación previa

  • Registro electrónico de la Seguridad Social (Sede Electrónica) con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
  • Registro presencial en cualquier oficina del INSS, previa cita.
  • Correo postal certificado dirigido a la Dirección Provincial del INSS.
  • Otros registros públicos (ORVE, Registro General del Estado, ayuntamientos con convenio).

Es imprescindible conservar sello de entrada o acuse de recibo para acreditar la fecha de presentación.

Contingencia y origen de la incapacidad permanente en Asturias: enfermedad común, accidente laboral, agravación y cambio de contingencia

Qué hacer si la reclamación es desestimada

Si el INSS desestima tu reclamación previa (por resolución expresa o por silencio), tienes abierta la vía judicial. Debes presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 30 días hábiles.

En la demanda judicial puedes aportar nueva documentación, solicitar pruebas (pericial médica, testigos, oficios a centros sanitarios) y fundamentar tu reclamación de forma más amplia.

La pericial médica como prueba clave

En materias de incapacidad, la clave para revertir una denegación es una pericial médica bien fundamentada que contradiga el dictamen del EVI. El juez valora si las limitaciones funcionales son compatibles o no con la profesión habitual (IP total) o con todo trabajo (IP absoluta).

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar la reclamación previa sin abogado?

Sí, no es obligatorio abogado ni procurador en la fase administrativa. Pero un escrito bien fundamentado aumenta significativamente las opciones.

¿Se paga alguna tasa?

No. Las reclamaciones previas a la Seguridad Social son gratuitas.

¿Cuánto tarda en resolverse la reclamación previa?

El INSS dispone de 45 días. En la práctica, suele responder entre 30 y 60 días. Pasados 45 sin respuesta, se puede considerar desestimada y acudir al juzgado.

¿Si gano la reclamación previa, cuándo me pagan?

Si el INSS estima total o parcialmente la reclamación, dicta nueva resolución y la prestación se abona con efectos retroactivos desde la fecha que corresponda.

¿Puedo aportar nuevos informes médicos en la reclamación previa?

Sí. Es muy recomendable acompañar cualquier informe médico actualizado que apoye tu posición.

¿Se puede reclamar también a la mutua?

Cuando la mutua deniega una prestación, existe un procedimiento específico de reclamación ante el INSS. La mutua actúa como entidad colaboradora y el INSS es quien finalmente decide.

Asesoramiento para reclamaciones previas a la Seguridad Social en Asturias

Más del 60% de las reclamaciones que llegan al juzgado terminan con sentencia favorable al trabajador cuando la documentación está bien preparada y los informes periciales son sólidos. Si te han denegado una prestación y quieres preparar la reclamación previa con garantías, contáctame desde el formulario de contacto.

Actúa ahora Ponte en contacto conmigo
nalvarez395@gmail.com

nalvarez395@gmail.com

Abogado Laboralista

Otros contenidos relacionados