¿Quién Paga la Baja en una Empresa? Empresa, Mutua, INSS y SESPA

Ago 17, 2026 | Incapcidad Temporal

Una de las dudas más frecuentes cuando un trabajador está de baja médica es quién le paga: ¿la empresa, la mutua, el INSS? La respuesta depende de la contingencia (común o profesional) y del tramo temporal. Lo importante es que el trabajador cobra todos los meses, pero el origen del pago cambia y, con ello, los porcentajes y complementos.

Tipos de contingencia que originan la baja

  • Enfermedad común: dolencias no derivadas del trabajo.
  • Accidente no laboral: sucesos fuera del trabajo.
  • Accidente de trabajo: lesiones en el trabajo o in itinere.
  • Enfermedad profesional: patologías causadas por el trabajo y recogidas en el cuadro de enfermedades profesionales.

¿Quién paga la baja por enfermedad común o accidente no laboral?

Días 1-3: sin pago

Los 3 primeros días de baja no se cobran, salvo que el convenio colectivo diga otra cosa. Muchos convenios complementan estos días hasta el 100% del salario.

Días 4-15: paga la empresa

Del 4.º al 15.º día, paga la empresa el 60% de la base reguladora. Luego la empresa lo descuenta de sus cuotas a la Seguridad Social.

Días 16-20: paga el INSS (a través de la empresa)

Del 16.º al 20.º día sigue pagando el INSS el 60% de la base reguladora, aunque materialmente la empresa adelanta el importe y luego compensa.

Día 21 en adelante: paga el INSS el 75%

Desde el día 21, la prestación sube al 75% de la base reguladora, abonada por el INSS a través del mecanismo de pago delegado (la empresa adelanta y compensa).

Cómo impugnar el alta médica
¿Tienes dudas sobre tu caso concreto?Cuéntanos tu situación y te decimos cómo enfocarla, sin rodeos.
Hablar por WhatsApp

¿Quién paga la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional?

En contingencias profesionales:

  • Día del accidente: lo paga la empresa como jornada normal de trabajo (salario completo).
  • Desde el día siguiente: paga la mutua (o el INSS si la empresa cubre con el INSS) el 75% de la base reguladora.

No hay 3 días sin cobrar y el porcentaje es el 75% desde el inicio. Por eso las contingencias profesionales son más favorables.

El pago delegado

El pago delegado es el sistema por el que la empresa adelanta al trabajador la prestación económica que corresponde al INSS o a la mutua, y luego compensa con sus cuotas de cotización. El trabajador cobra en su nómina habitual, sin tener que reclamar al INSS.

Complementos del convenio colectivo

Casi todos los convenios colectivos mejoran la prestación básica. Algunos ejemplos:

  • Complemento hasta el 100% del salario en los primeros 20 días.
  • Complemento hasta el 100% durante los primeros 6 meses.
  • Complemento hasta el 100% durante toda la baja (menos frecuente).
  • Complemento íntegro en accidentes de trabajo.

Conviene revisar el convenio aplicable porque puede suponer cientos de euros más al mes.

Incapacidad Temporal en Asturias: bajas médicas, prestación económica, mutuas, control médico, base reguladora y situaciones especiales
¿Tienes dudas sobre tu caso concreto?Cuéntanos tu situación y te decimos cómo enfocarla, sin rodeos.
Hablar por WhatsApp

Quién paga la baja tras los 365 días

Tras los 365 días, la gestión pasa íntegramente al INSS. La empresa ya no adelanta la prestación: el pago lo realiza directamente el INSS al trabajador.

¿Y cuando la baja es de un autónomo?

El autónomo cobra de la mutua (si ha optado por cubrir la IT) o del INSS. Los 3 primeros días no se cobran. A partir del 4.º día se cobra el 60% de la base reguladora; desde el 21.º, el 75%.

Topes mínimos y máximos

La prestación no puede ser inferior al 75% del SMI ni superior a la base máxima de cotización dividida entre 30.

¿Tienes dudas sobre tu caso concreto?Cuéntanos tu situación y te decimos cómo enfocarla, sin rodeos.
Hablar por WhatsApp

Cuando el pagador es la mutua en lugar del INSS

Depende de la cobertura contratada por la empresa. La mayoría de empresas tienen cubierta la IT por contingencias comunes con una mutua, y esta se hace cargo de la gestión y del pago a partir del día 16. El trabajador sigue cobrando por pago delegado.

Problemas frecuentes

La empresa no me paga los primeros 15 días

Es obligatorio. Se puede reclamar la cantidad por demanda de cantidad ante el Juzgado de lo Social.

Control médico de la incapacidad temporal en Asturias: mutuas, citaciones, incomparecencias y altas médicas

La mutua retrasa el pago

Se puede reclamar por escrito a la mutua y, en su defecto, presentar queja al INSS como órgano supervisor.

La empresa descuenta los 3 primeros días pese al convenio

Si el convenio establece complemento íntegro, la empresa debe abonarlos.

Hay error en la base reguladora

Se puede solicitar al INSS revisión del cálculo presentando nóminas y bases de cotización.

Preguntas frecuentes

¿Cotizo durante la baja médica?

Sí. La empresa cotiza por ti durante toda la baja. No se produce laguna de cotización a efectos de pensiones.

¿Se me paga la paga extra de verano/Navidad estando de baja?

Sí. Las pagas extraordinarias se devengan proporcionalmente. Si están prorrateadas, ya se incluyen en la nómina mensual; si no, se abonan en sus fechas.

Base reguladora y cálculo de la prestación por incapacidad temporal en Asturias: casos normales y casos especiales

¿Qué pasa si mi empresa está en concurso?

El INSS asume directamente el pago, sin que la empresa adelante. Puede que haya que reclamar posteriormente al FOGASA los importes no cobrados.

¿Y si me despiden estando de baja?

La empresa debe seguir pagándote por pago delegado hasta que se resuelva la situación. Si el despido es nulo o improcedente, además hay indemnización.

¿Pluriactividad: cobro doble?

En la pluriactividad se cobra la prestación correspondiente a cada régimen, siempre con los topes. Tengo un artículo específico.

¿Tienes dudas sobre tu caso concreto?Cuéntanos tu situación y te decimos cómo enfocarla, sin rodeos.
Hablar por WhatsApp

Reclamar atrasos de baja médica en Asturias

Si tu empresa o mutua no te paga lo que te corresponde, o detectas errores en el cálculo, se pueden reclamar con efectos retroactivos. Contacta desde el formulario.

Manuel Barba

Escrito por

Baja por Depresión y Ansiedad: Duración, Tribunal Médico e Incapacidad Permanente

Manuel Barba

Abogado laboralista · Avilés (Asturias)

Abogado especializado en derecho laboral en Asturias: accidentes de trabajo, incapacidad permanente, reclamaciones a la mutua, impugnación de altas médicas y despidos. Atiende en Avilés, Oviedo, Gijón y toda Asturias.

Supuestos especiales en la incapacidad temporal: cirugía estética, prótesis defectuosa, gastos de transporte y otros casos poco comunes
Actúa ahora Ponte en contacto conmigo
Manuel Barba

Manuel Barba

Abogado Laboralista

Otros contenidos relacionados