Despido objetivo en Asturias: causas, requisitos y cómo impugnarlo

Recibir una carta de despido nunca es fácil. Pero recibir una carta que dice que «no es culpa tuya, sino de la empresa» genera una incertidumbre especial. Te dicen que tu puesto desaparece, que la empresa va mal o que ya no eres apto para el trabajo.

En Asturias, el Despido objetivo es una realidad muy frecuente. Lo vemos a diario en el sector servicios por la pérdida de contratas de limpieza o seguridad, en el transporte por logística, o en pequeños comercios que alegan pérdidas económicas.

El problema es que, en mi experiencia como abogado laboralista, un alto porcentaje de estos despidos están mal ejecutados. Cartas genéricas que no explican la causa real, falta de documentación económica o indemnizaciones mal calculadas (el famoso «error inexcusable»).

Si te han aplicado un Despido objetivo, debes saber tres cosas:

¿Qué es el Despido objetivo?

El Despido objetivo es la extinción del contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario (aunque decidida por este último), basada en necesidades de funcionamiento de la empresa o en la capacidad del empleado.

Extinción del contrato de trabajo por causas consignadas válidamente en el contrato

Está regulado en el Artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Diferencias clave:

Efectos inmediatos: La empresa debe preavisarte con 15 días de antelación (o pagarte esos días) y poner a tu disposición una indemnización de 20 días de salario por año de servicio (con tope de 12 mensualidades) en el momento de entregarte la carta.

Causas de Despido objetivo (Artículo 52 ET)

Para que el despido sea válido, la empresa debe justificar una de las siguientes causas. La jurisprudencia en Asturias es estricta con la carga de la prueba.

1. Causas Económicas

Es la más común. La empresa debe acreditar pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas.

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2. Causas Técnicas

Se producen cuando hay cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.

3. Causas Organizativas

Cambios en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción.

4. Causas Productivas

Cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.

5. Pérdida de contrata o servicio

Muy frecuente en empresas de limpieza, seguridad o comedores escolares en Asturias.

6. Ineptitud sobrevenida

Se refiere a la pérdida de las condiciones físicas, psíquicas o legales necesarias para desempeñar el trabajo, ocurridas después de tu contratación.

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7. Falta de adaptación a cambios técnicos

Si tu puesto cambia (nuevos programas informáticos, maquinaria), la empresa debe ofrecerte un curso de formación para adaptarte.

8. Retirada del carnet de conducir

Específico para transportistas, repartidores o comerciales en Asturias cuyo trabajo dependa del vehículo.

9. Situación de trabajadores extranjeros sin permiso

Si un trabajador pierde su autorización de trabajo o residencia y no la renueva.

Requisitos formales del Despido objetivo: No vale cualquier carta

Para que el despido no sea declarado improcedente por defectos de forma, la empresa debe cumplir estrictamente cuatro pasos:

Cuándo el Despido objetivo es Improcedente o Nulo

Aquí es donde entra la defensa legal. No todo lo que la empresa llama «objetivo» lo es.

Despido Improcedente (33 días/año)

Ocurre cuando:

Despido Nulo (Readmisión obligatoria)

Ocurre cuando el despido viola derechos fundamentales:

Caso especial: Despido objetivo durante una baja médica (IT)

¿Me pueden despedir estando de baja? Sí, pero con matices.

La Ley 15/2022 introdujo la nulidad por discriminación por enfermedad. Sin embargo, la jurisprudencia actual matiza:

Procedimiento para impugnar un Despido objetivo en Asturias

Si no estás de acuerdo con la causa o la indemnización, no te quedes parado. El tiempo corre.

¿Qué ganamos impugnando?

Preguntas Frecuentes (FAQs)

1. ¿Qué indemnización me corresponde en un Despido objetivo? Legalmente son 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si demostramos que es improcedente, sube a 33 días (o 45 días por la antigüedad anterior a 2012).

2. ¿Pueden despedirme objetivamente estando de baja? Sí, siempre que la causa (económica, técnica, etc.) sea real y no tenga relación con tu enfermedad. Si la causa es tu baja, el despido podría ser nulo o improcedente.

3. ¿Qué pasa si no me pagan la indemnización el mismo día de la carta? Salvo que la carta especifique claramente que hay «falta de liquidez» (no tener dinero en caja), la falta de pago simultáneo hace que el despido sea automáticamente improcedente.

4. ¿Puedo cobrar el paro con un Despido objetivo? Sí. El despido objetivo es una situación legal de desempleo. Tienes derecho a paro si has cotizado lo suficiente, incluso si decides demandar a la empresa.

5. ¿La empresa tiene obligación de recolocarme antes de despedirme? El Estatuto de los Trabajadores no obliga genéricamente a recolocar (salvo en planes de recolocación externa para despidos colectivos), pero algunos convenios colectivos sí exigen intentar la reubicación antes de amortizar el puesto.

6. ¿Qué concepto se usa como salario regulador? Se usa el salario bruto anual (incluyendo pagas extras, comisiones, bonus promedio, salario en especie…). Si has tenido reducción de jornada, se debe calcular como si estuvieras a jornada completa (en casos de guarda legal).

7. ¿Puedo rechazar el preaviso y que me lo paguen? No puedes exigirlo unilateralmente, pero sí puedes negociar con la empresa que te exoneren de trabajar esos 15 días y te los abonen en el finiquito.

8. ¿Qué pasa si la empresa pierde una contrata? Depende de tu convenio colectivo (limpieza, seguridad, etc.). A veces, la nueva empresa que gana la contrata tiene obligación de subrogarse (quedarse contigo) y no cabe el Despido objetivo. Si te despiden, hay que demandar a ambas empresas.

9. ¿Qué hago si la carta no detalla las causas? Si la carta dice solo «disminución de ventas» sin aportar datos, cifras o periodos, se genera indefensión. Esto es motivo directo de improcedencia ante un juez.

10. ¿Puedo retractarme si la empresa me readmite en el preaviso? Sí, durante el preaviso de 15 días la relación laboral sigue viva. Si la empresa se arrepiente (se retracta) del despido antes de que sea efectivo, sigues trabajando y debes devolver la indemnización si la cobraste.

¿Despido objetivo injusto o mal pagado?

No te preocupes hasta que yo te diga que te preocupes.

Muchas empresas en Asturias utilizan el Despido objetivo para abaratar costes sin tener causa real. No te conformes con los 20 días si te corresponden 33 o la readmisión.

Soy Manuel Barba, abogado laboralista. Revisamos tu carta, las cuentas de la empresa y tu indemnización.

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Abogado Laboralista

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