A menudo, tras un accidente o una enfermedad, un trabajador no pierde su empleo ni su capacidad para trabajar, pero sí nota que «ya no es el de antes». Si tus secuelas te permiten realizar las tareas fundamentales de tu profesión, pero con un rendimiento considerablemente menor o con mayor penosidad, podrías tener derecho a una Incapacidad Permanente Parcial.
A diferencia de la Total o la Absoluta, que implican una pensión mensual vitalicia, la Incapacidad Permanente Parcial se cobra en forma de indemnización única. Es un capital que la Seguridad Social te abona para compensar esa pérdida de facultades mientras continúas en tu puesto de trabajo.
¿Qué es exactamente la Incapacidad Permanente Parcial?
La ley la define como aquella situación en la que el trabajador sufre una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin estar impedido para la realización de las tareas fundamentales de la misma.
Para entenderlo mejor:
Incapacidad Permanente en Asturias: requisitos, grados, revisión, compatibilidades, cálculo y cómo reclamarNo te impide trabajar: Sigues siendo apto para tu puesto.
Te cuesta más: Tardas más tiempo, te cansas más o necesitas esforzarte un 33% más que un compañero sano para obtener el mismo resultado.
Si las secuelas te impidieran realizar las tareas principales, estaríamos hablando de una Incapacidad Total. Si te impidieran realizar cualquier actividad, sería una Incapacidad Permanente Absoluta. La Parcial es, por tanto, el grado de incapacidad más bajo dentro de las prestaciones contributivas permanentes.
Requisitos para solicitarla
Para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconozca este grado, debes cumplir ciertos requisitos técnicos y médicos:
Compatibilidades e incompatibilidades de la Incapacidad Permanente en Asturias: Guía prácticaEstar en situación de alta o asimilada al alta: Debes estar activo laboralmente o en una situación legal equivalente (como el desempleo) en el momento del hecho causante.
Acreditar la disminución del rendimiento: Es el punto clave. Los informes médicos deben demostrar que tus secuelas reducen tu capacidad física o psíquica en ese 33% o más.
Periodo mínimo de cotización:
Si la incapacidad deriva de accidente (laboral o no) o enfermedad profesional: No se exige cotización previa.
Si deriva de enfermedad común: Se exige haber cotizado 1800 días en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que se haya extinguido la incapacidad temporal.
Contingencia y origen de la incapacidad permanente en Asturias: enfermedad común, accidente laboral, agravación y cambio de contingencia¿Cuánto se cobra? Cálculo de la Indemnización
Esta es la pregunta más frecuente que recibo como abogado. La prestación económica por Incapacidad Permanente Parcial no es una renta mensual, sino una cantidad a tanto alzado (un pago único).
La indemnización es igual a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal (la baja médica) previa.
Ejemplo práctico: Si tu base reguladora durante la baja médica era de 1.500 euros al mes, la indemnización sería: 1.500 € x 24 mensualidades = 36.000 €
Este importe se abona en un solo pago y está sujeto a tributación en el IRPF (salvo que derive de actos de terrorismo o afectados por VIH, entre otras excepciones muy concretas).
Responsabilidad empresarial y de mutuas en casos de incapacidad permanente: infracotización, obligaciones, mutuas sucesivas y deudas en autónomosEs importante no confundir esta indemnización con el baremo de Lesiones Permanentes No Invalidantes (el antiguo «baremo»), que indemniza secuelas físicas concretas (como la pérdida de un dedo o rigidez) que no alcanzan ese 33% de disminución de rendimiento general. La Parcial paga más porque reconoce un daño en la carrera profesional, no solo físico.
Baremos y valoración médica
No existe un «listado» o baremo automático que diga «por esta lesión te dan la Parcial». La valoración es individualizada. El Tribunal Médico (EVI) evaluará cómo afecta tu lesión específica a las tareas concretas de tu profesión habitual.
Por ejemplo, la pérdida de movilidad en un dedo puede ser una simple lesión no invalidante para un administrativo, pero constituir una Incapacidad Permanente Parcial para un pianista o un cirujano, ya que su rendimiento cae drásticamente.
Compatibilidad con el trabajo
Incapacidad Permanente Absoluta: Requisitos y Cuantía de la PensiónLa Incapacidad Permanente Parcial es totalmente compatible con el mantenimiento de tu puesto de trabajo.
De hecho, la finalidad de esta prestación es complementaria: cobras la indemnización por el esfuerzo extra que debes realizar, pero mantienes tu salario. La empresa no puede despedirte basándose únicamente en este reconocimiento (salvo que demuestren una ineptitud sobrevenida real y objetiva, un proceso complejo donde es vital contar con defensa legal).
Además, es compatible con cualquier actividad laboral futura, ya sea por cuenta propia o ajena.
Abogados especialistas en Asturias
Demostrar que tu rendimiento ha caído exactamente un 33% es una batalla técnica y legal. La Seguridad Social tiende a derivar estos casos hacia las «lesiones no invalidantes» (cuya indemnización es mucho menor) o simplemente a dar el alta médica sin reconocimiento de secuelas.
Incapacidad Permanente Total: Grados y cuánto se cobra de pensiónEs fundamental aportar pruebas periciales sobre las funciones de tu puesto y cómo tus lesiones las dificultan. Si crees que tu situación encaja en este perfil y necesitas asesoramiento en Oviedo, Gijón o Avilés, contacta con mi despacho. Soy Manuel Barba, tu abogado laboralista en Asturias y te ayudaré a calcular y reclamar la indemnización que te corresponde.

