A veces, la mejor decisión profesional es decir adiós. Ya sea porque has encontrado una oportunidad mejor, porque necesitas un cambio o porque las condiciones no son las que esperabas.
En Asturias, con la alta movilidad en sectores como la hostelería (especialmente en temporada alta en Llanes o Gijón) y el comercio, la baja voluntaria es una de las causas más frecuentes de extinción del contrato.
Sin embargo, irse de una empresa no es tan sencillo como decir «mañana no vuelvo».
Muchos trabajadores cometen errores graves al presentar su dimisión: no respetan el preaviso, pierden dinero en el finiquito o se quedan sin derecho a paro por no asesorarse antes. Y, por otro lado, algunas empresas intentan colar como «baja voluntaria» situaciones que en realidad son despidos o extinciones justificadas por impagos.
Aquí te explico cómo hacerlo bien para proteger tu dinero y tus derechos futuros.
Causas de extinción del contrato de trabajo: Tus derechos y opciones¿Qué es la dimisión o baja voluntaria?
La dimisión es la decisión unilateral del trabajador de extinguir su contrato de trabajo. Es un derecho recogido en el Artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores.
Significa que tú decides romper la relación laboral sin necesidad de alegar ninguna causa justificada. Simplemente, te quieres ir.
Diferencias clave que debes conocer:
- Dimisión: Te vas tú. No hay indemnización, pero sí finiquito. Generalmente, no hay paro.
- Abandono: Dejas de ir a trabajar sin avisar. Es un incumplimiento grave que puede acarrear sanciones o reclamaciones de daños por parte de la empresa.
- Extinción Indemnizada (Art. 50): Te vas porque la empresa incumple gravemente (no te paga, te acosa). Aquí sí hay indemnización (como en un despido improcedente) y derecho a paro, pero debe declararlo un juez. No te vayas sin demandar primero.
¿Cuándo es válida? Para que la dimisión sea válida, tu voluntad debe ser clara, concreta y consciente. No vale que la empresa te presione para firmar un papel bajo amenaza («o firmas la baja o te despido disciplinariamente»). Si eso ocurre, no es una dimisión real, es un despido encubierto que podemos impugnar.
El Preaviso: Cuánto tiempo y qué pasa si no se cumple
El Estatuto de los Trabajadores dice que debes preavisar con el tiempo que marque tu convenio colectivo o la costumbre del lugar.
En Asturias, la mayoría de convenios (Hostelería, Metal, Comercio, Oficinas y Despachos) establecen un preaviso de 15 días naturales. Sin embargo, algunos convenios para puestos de responsabilidad pueden exigir 1 o incluso 3 meses.
¿Qué pasa si me voy hoy mismo? Si no respetas el preaviso, la empresa tiene derecho a descontarte de tu finiquito los días que te han faltado.
- Ejemplo: Debías avisar con 15 días y te vas de un día para otro. La empresa te descontará 15 días de salario de tu liquidación final.
Además, si tu marcha repentina causa un perjuicio grave y demostrable a la empresa (por ejemplo, dejas un proyecto a medias que causa pérdidas), podrían reclamarte una indemnización adicional por daños y perjuicios, aunque esto es menos frecuente.
Baja voluntaria y derecho a paro: El gran mito
Esta es la pregunta número uno en mi despacho: «Si me voy, ¿tengo paro?»
La respuesta general es NO.
El sistema de protección por desempleo está diseñado para proteger a quien pierde su trabajo de forma involuntaria. Si te vas tú, la Seguridad Social entiende que no necesitas protección.
Cuidado con las «trampas»:
- No intentes pactar un «arreglo» para que la empresa te despida y luego tú les devuelvas la indemnización. Es fraude de ley y la Inspección de Trabajo lo persigue.
- Si te vas de una empresa (baja voluntaria) para empezar en otra, y en la nueva no superas el periodo de prueba a los pocos días, la Seguridad Social puede denegarte el paro si considera que ha habido fraude para acceder a la prestación (especialmente si han pasado menos de 3 meses desde tu baja voluntaria).
Excepción: Si te vas a través de una Extinción del Artículo 50 (por impagos o acoso) y el juez te da la razón, entonces SÍ tienes derecho a paro y a la máxima indemnización.
Documentación y procesos: La Carta de Dimisión
Para evitar problemas, la dimisión debe hacerse siempre por escrito. Las palabras se las lleva el viento y, en un juicio, no valen de mucho.
¿Qué debe incluir la carta?
- Tus datos y los de la empresa.
- Tu voluntad clara de extinguir la relación laboral.
- La fecha de tu último día de trabajo.
- El cumplimiento del preaviso (indicando qué día comunicas la baja).
- Solicitud de la propuesta de liquidación (finiquito) para el último día.
Entrega: Entrega dos copias. Quédate con una firmada y sellada por la empresa con la fecha de recepción. Si se niegan a firmar, envíala por Burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
Baja voluntaria vs. Dimisión Tácita (Abandono)
A veces, el trabajador no dice «me voy», sino que actúa de forma que se entiende que se quiere ir. Esto es la dimisión tácita.
¿Cuándo ocurre? Según la jurisprudencia que manejamos, se da cuando hay un «comportamiento del que cabe deducir, clara y terminantemente, que el empleado quiere terminar su vinculación».
- Ejemplo: Un trabajador en Oviedo que, tras una discusión, se va, no vuelve en días, no coge el teléfono y envía un WhatsApp diciendo «ahí os quedáis».
El riesgo: Si la empresa interpreta tu ausencia como dimisión tácita y te da de baja en la Seguridad Social, no te despedirá. Simplemente extinguirá el contrato por tu voluntad. Si luego quieres reclamar que fue un despido, tendrás muy difícil probarlo si tus actos demostraron lo contrario.
Retractación de la baja voluntaria: ¿Puedo arrepentirme?
Imagina que presentas tu baja con 15 días de preaviso, pero a los 5 días te arrepientes (porque la oferta del otro trabajo se ha caído, por ejemplo).
¿Es válida la retractación? Sí. Durante el periodo de preaviso, el contrato sigue vivo y vigente. La jurisprudencia (TSJ Málaga 26-9-23) establece que cabe la retractación y la dimisión queda sin efecto.
¿Puede la empresa negarse? Solo si demuestra que tu cambio de opinión le causa un perjuicio real a terceros (por ejemplo, si ya han contratado a tu sustituto y firmado su contrato). Si no hay perjuicio acreditado, la empresa debe aceptar tu retractación.
Ojo: Si ya se ha extinguido la relación laboral (ya pasó el último día), ya no hay vuelta atrás. No existe la retractación una vez finalizado el contrato.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
1. ¿Cuánto preaviso tengo que dar en Asturias? Depende de tu convenio colectivo. Lo estándar son 15 días naturales, pero revisa tu contrato y convenio específico (Hostelería, Comercio, Metal, etc.), ya que algunos puestos cualificados exigen más.
2. ¿Pueden descontarme días de mi nómina si no aviso? Sí. La mayoría de convenios permiten a la empresa descontar del finiquito un día de salario por cada día de preaviso incumplido.
3. ¿Si doy la baja voluntaria puedo cobrar paro? No. La baja voluntaria no es una situación legal de desempleo. Para cobrar el paro, la finalización debe ser ajena a tu voluntad.
4. ¿Puedo retractarme de mi baja voluntaria? Sí, siempre que estés dentro del periodo de preaviso y la relación laboral no se haya extinguido aún. La empresa solo puede negarse si demuestra perjuicios graves.
5. ¿Cómo se calcula el finiquito en una baja voluntaria? Deben pagarte: salario de los días trabajados del mes, parte proporcional de pagas extras no cobradas y vacaciones generadas y no disfrutadas. No hay indemnización por despido.
6. ¿Qué pasa si la empresa no me responde a la carta de baja? No necesita responder para que sea válida. Con que tengas prueba de que la han recibido (sello o burofax) es suficiente. La baja es una decisión unilateral tuya.
7. ¿Me puedo ir si la empresa no me paga? No te vayas con una «baja voluntaria» porque perderás la indemnización. Debes interponer una demanda de extinción por incumplimiento (Art. 50 ET) para irte con paro e indemnización.
8. ¿Qué es el «abandono del puesto»? Es dejar de ir a trabajar sin comunicar la baja. Puede considerarse dimisión tácita o dar pie a un Despido disciplinario por faltas de asistencia.
9. ¿Si estoy en periodo de prueba, tengo que dar preaviso? No. Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede romper el contrato sin preaviso y sin indemnización (salvo pacto en contrario).
10. ¿Qué hago si me obligan a firmar una baja voluntaria? No firmes. Escribe «No conforme» o graba la conversación (es legal si tú participas). Si te coaccionan, es un despido encubierto y debes impugnarlo en 20 días.
¿Dudas antes de presentar tu baja?
No des un paso en falso que te cueste dinero.
Una baja voluntaria mal gestionada puede dejarte sin paro y con un finiquito reducido.
Soy Manuel Barba, abogado laboralista en Avilés. Analizo tu situación, reviso tu convenio y te explico si te conviene dimitir o si tienes causa para solicitar una extinción indemnizada.
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